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LEGITIMACION SOCIAL

     Que nuestra Constitución está averiada es algo de lo que pocos ya discuten, en todo caso solo aquellos que siguen sacando algún beneficio para sus intereses. Ahí están casos flagrantes en donde se han aprobado leyes casi incompatibles con aspectos cruciales de ella y, por tanto, difícilmente conciliable con la Constitución es cualquier norma que se enfrente a su contenido y, dada la preeminencia de la Constitución sobre cualquier otra norma, y que los políticos una y otra vez se lanzan, muchas veces con la anuencia o por la parálisis del Tribunal Constitucional, a transgredirla, se impone coger el toro de la necesidad por los cuernos y someterla a una transformación acorde con la realidad española; Porque toda Constitución que sea tal incluye una previsión precisa de los procedimientos mediante los cuales pueda, en su totalidad, ser modificada.

     Pero esto no quiere decir que su modificación tenga que hacerse a espaldas de los ciudadanos. Viene a cuento esta manifestación por la anunciada reforma de la misma en su artículo 135, sobre la incorporación del principio de estabilidad presupuestaria, así como llevar los límites de déficit a ley orgánica; por cierto, que se ha manifestado urgente el establecer esos límites dado que su no limitación ha contribuido a empobrecer el Estado y a la mayoría de las comunidades autónomas, en una carrera desenfrenada para ver quien gasta más, aunque no quien gasta mejor. Es por tanto que, reforma si, pero condicionada a un referéndum para que los españoles podamos manifestar su parecer.
     Se recuerda por los dos partidos principales que esta reforma en concreto no necesita obligatoriamente que pasar por referéndum, por tratarse, dicen, de un complejo y farragoso tema técnico. No se puede aducir veladamente que los ciudadanos no están, en su mayoría, capacitados para decidir este tema y, en cambio, si lo estuvieron para otros como la ratificación de la Constitución, sobre la permanencia de España en la OTAN, sobre la constitución Europea en España o los diversos refrendos efectuados en las diferentes autonomías para su aprobación. Se podrá aducir que, salvo los referidos a la Constitución, los demás son consultivos, pero si en su momento se puso al buen juicio del ciudadano tales referendos, no es menos cierto que aunque se trate de una ley “menor”, toca directamente a la Constitución y, por tanto, está en juego la efectividad de la democracia, su credibilidad y, también, el que todos los españoles sean conscientes, con su opinión, de la realidad económica en la que nos encontramos y participar activamente en el camino que dicha economía debe llevar.